ATM
Asociación Municipalista de Lima-Afiliada a la CUT Perú
TRABAJADORES MUNICIPALES EXIGEN CUMPLIMIENTO INMEDIATO A MANDATO DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
La Asociación Municipalista de Lima, en Asamblea General del Domingo 7 de Marzo, acordó renovar sus medidas de lucha para exigir a las autoridades de la Municipalidad Metropolitana el cumplimiento irrestricto del mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que ordena la reposición de los trabajadores y trabajadoras despedidos y el pago de las reparaciones económicas, como consecuencia de 14 años de injusta separación del centro de trabajo.
Hay que remarcar que con fecha 08 de Febrero del 2010 la Corte ha reiterado al Estado peruano, un informe sobre el cumplimiento de la sentencia dictada, teniendo como plazo máximo de atención, el 1 de mayo del 2010, a lo cual se agrega lo siguiente:
-La posibilidad y disponibilidad de conformar un mecanismo de coordinación entre el Estado y las víctimas para la efectiva implementación y cumplimiento de las medidas de reparación ordenadas por la sentencia dictada en el presente caso que garantice la debida participación de todos los grupos de víctimas a través de sus representantes.
-Información acerca del número de procesos de ejecución de sentencias en trámite y su relación con las sentencias de amparo que motivaron la decisión de este Tribunal, así como la autoridad judicial que está cargo de cada uno.
-Posibilidad y disponibilidad de utilizar vías o mecanismos alternativos a la judicialización de los casos, con el fin de lograr la efectiva ejecución de la Sentencia dictada por este Tribunal.
-Un compromiso respecto a la fecha que se hará efectivo el pago del saldo pendiente por concepto de daño inmaterial y una relación puntual de los beneficios que recibirán dicho pago y los montos.
-La existencia de un proceso y mecanismo de reposición de las víctimas de los puestos de trabajo en la Municipalidad metropolitana de Lima, los criterios y condiciones bajo los cuales la Municipalidad habría decidido reponer a 29 víctimas en sus trabajos, y el, cronograma y los criterios que serían utilizados para futuras posibles reposiciones.
-Información y aclaración sobre la alegada suspensión de la atención médica del sistema integral de salud desde Julio 2009.
-Un cronograma o calendario con el plan y plazos de las actividades acordadas para dar cabal cumplimiento a todas las medidas de reparación ordenadas en la referida sentencia que se encuentran pendientes de cumplimiento
De esta manera la Corte Interamericana de Derechos Humanos, justifica el pedido de los trabajadores que se les haga justicia, ante la pasividad y lentitud que viene mostrando la autoridad competente, respecto a dicho cumplimiento.
La Asamblea de la ATM ha tomado el acuerdo de lograr a través de sus movilizaciones, campañas de prensa y difusión e incidencia ante las fuerzas sociales y políticas, se solucione de manera definitiva y justa sus demandas, luego de un prolongado y sacrificado esfuerzo sindical, que en estos años, ha comprometido la vida, la salud e integridad familiar de todos sus asociados.
Cabe destacar, que una Misión de la CIDH estará en Lima, del 11 al 16 de Abril del presente año, para supervisar las actuaciones del Gobierno peruano, respecto a este caso y otros asociados a la violación de los derechos humanos en el país.
La CUT Perú respalda la lucha de los trabajadores y trabajadoras de la ATM y exige a las autoridades del gobierno central y municipal de Lima, el inmediato acatamiento de lo ordenado por la instancia internacional antes mencionada.
Asociación Municipalista de Lima-Afiliada a la CUT Perú
TRABAJADORES MUNICIPALES EXIGEN CUMPLIMIENTO INMEDIATO A MANDATO DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
La Asociación Municipalista de Lima, en Asamblea General del Domingo 7 de Marzo, acordó renovar sus medidas de lucha para exigir a las autoridades de la Municipalidad Metropolitana el cumplimiento irrestricto del mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que ordena la reposición de los trabajadores y trabajadoras despedidos y el pago de las reparaciones económicas, como consecuencia de 14 años de injusta separación del centro de trabajo.
Hay que remarcar que con fecha 08 de Febrero del 2010 la Corte ha reiterado al Estado peruano, un informe sobre el cumplimiento de la sentencia dictada, teniendo como plazo máximo de atención, el 1 de mayo del 2010, a lo cual se agrega lo siguiente:
-La posibilidad y disponibilidad de conformar un mecanismo de coordinación entre el Estado y las víctimas para la efectiva implementación y cumplimiento de las medidas de reparación ordenadas por la sentencia dictada en el presente caso que garantice la debida participación de todos los grupos de víctimas a través de sus representantes.
-Información acerca del número de procesos de ejecución de sentencias en trámite y su relación con las sentencias de amparo que motivaron la decisión de este Tribunal, así como la autoridad judicial que está cargo de cada uno.
-Posibilidad y disponibilidad de utilizar vías o mecanismos alternativos a la judicialización de los casos, con el fin de lograr la efectiva ejecución de la Sentencia dictada por este Tribunal.
-Un compromiso respecto a la fecha que se hará efectivo el pago del saldo pendiente por concepto de daño inmaterial y una relación puntual de los beneficios que recibirán dicho pago y los montos.
-La existencia de un proceso y mecanismo de reposición de las víctimas de los puestos de trabajo en la Municipalidad metropolitana de Lima, los criterios y condiciones bajo los cuales la Municipalidad habría decidido reponer a 29 víctimas en sus trabajos, y el, cronograma y los criterios que serían utilizados para futuras posibles reposiciones.
-Información y aclaración sobre la alegada suspensión de la atención médica del sistema integral de salud desde Julio 2009.
-Un cronograma o calendario con el plan y plazos de las actividades acordadas para dar cabal cumplimiento a todas las medidas de reparación ordenadas en la referida sentencia que se encuentran pendientes de cumplimiento
De esta manera la Corte Interamericana de Derechos Humanos, justifica el pedido de los trabajadores que se les haga justicia, ante la pasividad y lentitud que viene mostrando la autoridad competente, respecto a dicho cumplimiento.
La Asamblea de la ATM ha tomado el acuerdo de lograr a través de sus movilizaciones, campañas de prensa y difusión e incidencia ante las fuerzas sociales y políticas, se solucione de manera definitiva y justa sus demandas, luego de un prolongado y sacrificado esfuerzo sindical, que en estos años, ha comprometido la vida, la salud e integridad familiar de todos sus asociados.
Cabe destacar, que una Misión de la CIDH estará en Lima, del 11 al 16 de Abril del presente año, para supervisar las actuaciones del Gobierno peruano, respecto a este caso y otros asociados a la violación de los derechos humanos en el país.
La CUT Perú respalda la lucha de los trabajadores y trabajadoras de la ATM y exige a las autoridades del gobierno central y municipal de Lima, el inmediato acatamiento de lo ordenado por la instancia internacional antes mencionada.